El Juez Único de Competiciones No Profesionales de la RFEF, Rafael Alonso Martínez, ha resuelto denegar el cambio de sede federativa solicitado por el Fútbol Club La Unión Atlético, que pretendía disputar sus partidos como CD Unión Malacitano en la ciudad de Málaga. Aunque el club ha sido inscrito oficialmente en Segunda Federación y en la Copa del Rey, no podrá trasladar su domicilio deportivo fuera de la Región de Murcia, tal y como solicitaba la nueva propiedad presidida por Julián Luna.
En su resolución, el juez indica que «la concreta solicitud formulada con carácter de medida provisional carece de soporte en la normativa federativa», por lo que no puede autorizarse ni provisional ni definitivamente. Según el magistrado, acceder a esta petición implicaría permitir, por vía de hecho, un cambio territorial que no ha superado el control legal de los registros autonómicos.
El club había alegado riesgo de desaparición para justificar el traslado inmediato a Málaga, pero la RFEF rechaza también ese argumento. El juez añade que, incluso si el cambio de domicilio hubiera sido aceptado por las administraciones autonómicas –cosa que no ha ocurrido aún–, sería igualmente necesario analizar su impacto sobre la integridad de la competición.
El equipo mantiene, por tanto, su vinculación con la Región de Murcia y no podrá establecerse en Málaga esta temporada. No obstante, tendrá 48 horas para recurrir la decisión ante el Comité Nacional de Segunda Instancia.
La resolución se produce tras semanas de polémica por la decisión del club de cambiar su denominación a Club Deportivo Unión Malacitano, en el marco de una operación liderada por el empresario Daniel Pastor, que pretendía reubicar al club en la capital malagueña con un nuevo proyecto deportivo.